El día 23 de febrero defendí en el Congreso de los Diputados una Proposición no de Ley para instar al Gobierno a que impulse urgentemente la reforma de la Ley Electoral. Lo hice a la vista de que nuestra iniciativa legislativa duerme el sueño de los justos desde abril de 2008 en la Comisión Constitucional. Únicamente Izquierda Unida (IU) me apoyó. El resto de grupos parlamentarios votó en contra y afeó mi conducta: "Cómo se atreve usted a traer aquí este tema que ya estamos analizando en la subcomisión... Esto es una burla al Parlamento...". Conclusión de su trabajo: carpetazo a cualquier reforma que garantice más igualdad y más proporcionalidad.
No cabe duda de que el sistema electoral español, diseñado en plena transición política, cumplió con las necesidades del momento: promover un bipartidismo fuerte y evitar la excesiva atomización de fuerzas políticas en el Parlamento para facilitar los acuerdos y construir la democracia. Pero no puede consolidarse en el tiempo un sistema injusto y contrario a la igualdad de derechos de todos los ciudadanos.
El argumento principal para proponer una reforma urgente de la Ley Electoral es la defensa de la igualdad, consagrada y conectada en distintos artículos claves de nuestra Constitución: el 1.1 (igualdad como valor superior de nuestro ordenamiento jurídico); 9.2 (participación de los ciudadanos en la vida política); 23.2 (acceso a los cargos públicos) y 68.1 (voto igual).
El sistema actual conculca dos derechos fundamentales: el derecho pasivo de todas las formaciones políticas a ser elegidas en igualdad de condiciones y el derecho activo de cada uno de los ciudadanos de elegir en igualdad de condiciones. Lo más intolerable en términos democráticos es que el voto de cada ciudadano tenga un valor diferente en función de la parte de España en la que viva y de la opción política que elija. Dicho de otra manera: lo que urge corregir es el hecho de que el voto de mi vecino, que vota PNV, valga seis veces más que el mío.
En el Pleno de 23 de febrero se me dijo (todos los grupos, salvo IU lo hicieron de forma descalificadora y algunos hasta grosera) que ya está creada una subcomisión para analizar todas estas cuestiones. Pero ya hemos visto cuál era el objetivo: cercenar todo tipo de avance hacia un sistema más justo y mantener el pacto de hierro entre el PSOE y el PP para que nada cambie y se consoliden los privilegios y la desigualdad.
Resulta muy interesante analizar el informe del Consejo de Estado y sus propuestas, tales como aumentar el número de diputados de 350 a 400; rebajar la representación mínima inicial de dos a un diputado o buscar una fórmula electoral más proporcional que la D'Hont (como la Hare, Droop, Sainte Lagüe...).
Pero es importante que nos fijemos en sus argumentos. El informe confirma un primer problema indiscutible: existen desigualdades en la distribución y atribución de escaños, lo que ataca directamente el principio constitucional de igualdad de voto o sufragio. Por eso, el Consejo plantea reducir el mínimo por circunscripción y elevar a 400 el número de diputados para buscar "un incremento de la calidad democrática del sistema político".
El informe afirma también que el sistema actual produce "primas que obtienen los partidos más votados y penalizaciones que sufren los menos votados, especialmente cuando estos últimos cuentan con un electorado disperso". O sea, prima a las dos grandes formaciones políticas de ámbito nacional y castiga al resto de partidos nacionales. Vean, si no, los números de las últimas elecciones generales: el Partido Socialista Obrero Español necesitó 66.801 votos para conseguir un escaño; el Partido Popular necesitó 66.740 votos; Izquierda Unida, 484.973 y Unión Progreso y Democracia, 306.079. Más claro, agua.
Me interesa incidir en las reflexiones del Consejo de Estado en relación con la igualdad de voto. Dice así: "En principio, la igualdad de sufragio se contempló en los textos constitucionales para significar que cada elector tiene un solo voto. No obstante, la jurisprudencia alemana ha superado esta interpretación clásica de la igualdad de voto, afirmando que este principio impone tanto el igual valor numérico como el igual valor del resultado del sufragio: igual valor numérico significa que el número y la fuerza del voto de cada elector deben ser los mismos; igual valor de resultado supone que todos los votos deben contribuir de manera semejante a la obtención de representación". Es claro el ejemplo: mi vecino sólo vota una vez, pero su voto vale seis veces más que el mío; luego el principio de igualdad está claramente pervertido.
Sigue analizando el Consejo las peculiaridades del sistema proporcional en relación con el mayoritario en el que sólo son eficaces los votos emitidos a favor del candidato ganador. E insiste en que "en un sistema proporcional los votos deben tener, aparte de un idéntico valor numérico, un igual valor de resultado", con los límites que se establezcan en razón de la racionalización y eficacia de gobiernos parlamentarios.
Quiero llamar la atención sobre el Código de Buenas Prácticas en materia electoral, aprobado en 2002 por la Comisión de Venecia, donde se distingue entre la igualdad en los derechos de voto y la igualdad del poder del voto. Es esta referencia la que le sirve al informe del Consejo para sostener que, si bien la igualdad de los derechos de voto no está amenazada salvo en las democracias emergentes, "la igualdad del poder del voto se ve puesta en cuestión en algunos países" (como en España) "mediante la aplicación de mecanismos tales como la asignación de un número fijo de representantes a cada una de ellas con independencia de su población y el establecimiento de una reducida composición de la Cámara, que determina un diferente peso del sufragio antes de ser emitido en función de la circunscripción en que se encuentre el elector". O sea, que el voto "vale" diferente en función de la parte de España en que vivas, lo cual es un claro atentado al principio de igualdad.
El citado Código de Buenas Prácticas indica que la igualdad proporcional implica que los partidos deben ser tratados en función de su número de votos. Es por eso que el informe del Consejo insiste en que "el mayor o menor grado de proporcionalidad de un sistema electoral afecta a la igualdad de oportunidades de tales partidos, en cuanto verdaderos actores de la competición electoral...". "En razón de estas consideraciones", prosigue, "el análisis crítico de las desigualdades en la atribución de escaños no debe realizarse (sólo) desde la perspectiva del poder del voto de los electores, sino de la igualdad de oportunidades de las distintas candidaturas".
Es indiscutible que el resultado práctico de la aplicación de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) está produciendo claros ejemplos de desigualdades e injusticias en el valor del voto atribuido a cada ciudadano. Si nuestra Constitución proclama en su artículo 1.2 que "la soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado", el sistema electoral ha de ser respetuoso con ese principio esencial de la democracia y no puede distorsionar la voluntad libremente manifestada por los ciudadanos en las urnas. La regeneración democrática exige una modificación y mejora democrática de nuestra ley electoral que se hace prioritaria e improrrogable de cara a futuras consultas electorales.
Resulta curioso confirmar cómo el PSOE y el PP -tan empeñados en explicitar ante sus votantes cuánto les diferencia- taponan esta reforma fundamental, origen y causa de desvertebración y desigualdad. Y es que en el fondo ambos se parecen tanto como una VISA a una Master Card: sólo aspiran a mantener su cuota de mercado; aunque para ello hayan de vulnerar la libertad individual y la igualdad jurídica de los ciudadanos. Eso es lo que les une: el interés. Tan vergonzoso como cierto.
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